EL MAL EJEMPLO DEL BATALLÓN TENERIFE

Actualidad Política / Judicial

Por Germán Hernández Vera

La Unidad Militar creada hace 80 años (1936) para salvaguardar la integridad de los habitantes de Huila, Tolima y parte del Meta y Cauca, hoy es un mal ejemplo para la sociedad.

En momentos de crisis, cuando todos conocemos del bajo caudal del único afluente que surte de agua a los neivanos y de la declaratoria de ‘alerta roja’ por parte de las Empresas Públicas de Neiva, EPN, para evitar un posible racionamiento de agua en la ciudad, nos enteramos que hace cerca de 10 años el Batallón Tenerife se está apropiando, en forma fraudulenta y violando la ley, de gran cantidad de agua.

El ilícito, contemplado en el Código de Procedimiento Penal, lo cometen al violentar una válvula propiedad de EPN que se encuentra en la parte alta de la ciudad, en un punto despoblado entre los barrios El Edén y El Cóndor (Comuna 5), justo donde inician los predios del Batallón Tenerife.

Allí pasa un tubo que conduce el agua no tratada de la bocatoma hacia la Planta El Jardín para su posterior tratamiento y suministro a gran parte de la ciudad.

Lo que pude corroborar es que allí los militares construyeron un canal artesanal por donde desvían hacia sus predios un caudal que se calcula en 50 litros por segundo, una cantidad de agua que podría servir para calmar la sed de los habitantes de o 4 barrios de la ciudad.

Y tal vez lo peor es que esta agua ni siquiera es utilizada para consumo humano sino para abastecer unos lagos y criaderos de cerdos, aguas que luego de ser contaminadas van a parar, metros más abajo, al río Las Ceibas, lo que hace más gravosa la conducta.

Apropósito del descarado robo que insisto se viene presentando desde hace varios años con la complicidad de las administraciones de turno, es bueno aclarar a los señores militares -los mismos que deben ser ejemplo de rectitud y cumplimiento del ordenamiento jurídico- que con esta conducta están incurriendo en un delito que se paga con cárcel.

El Código Penal, en el Título VII, Delitos Contra el Patrimonio Económico, tipificó en el Artículo 256 la defraudación de fluido haciendo extensivo el tipo penal a todos los servicios públicos domiciliarios.

Artículo 256. Defraudación de fluidos. “El que mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropie de energía eléctrica, AGUA, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno, incurrirá en PRISIÓN de uno (1) a cuatro (4) años y en multa de uno (1) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Como vemos la norma es clara y mientras la ciudad está a punto de sufrir un racionamiento, los encargados del Batallón Tenerife siguen apropiándose del agua que nos pertenece a todos.

Esperamos la explicación -no a este columnista sino a todos los neivanos- del teniente coronel Johnny Hernando Bautista Beltrán, hoy comandante del Batallón Tenerife.

Comentarios

2 thoughts on “EL MAL EJEMPLO DEL BATALLÓN TENERIFE

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