
Por Rocío del Pilar Rincón.
Cristian, fue admitido en una universidad privada cuyo valor pudo empezar a costear gracias al crédito educativo aprobado por el Icetex. Al finalizar su tercer semestre, este joven vivió una difícil lucha por causa de una grave enfermedad de su mamá, la cual posteriormente causó su fallecimiento. En los últimos años de vida de su progenitora y sin contar con una red familiar de apoyo, Cristian tuvo que aplazar sus estudios y se dedicó a cuidarla, contribuyendo siempre al sostenimiento económico de su casa y costeando los gastos médicos hasta que la situación se hizo insostenible, por cuanto perdió a su ser más querido y además se quedó sin empleo.
A pesar de lo ocurrido, Cristian siguió luchando por continuar su sueño de ser profesional y por tal motivo solicitó al Icetex ayuda con el subsidio de sostenimiento, teniendo en cuenta que fue catalogado como persona en condición de pobreza moderada en el Sisben. Al revisar el caso el Icetex no le concedió tal beneficio, con fundamento en que no lo pidió en el momento en el que solicitó el crédito educativo, sino que lo hizo ya cuando el crédito se había renovado varias veces.
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Al reconocer una actuación injusta debido a una respuesta que consideró sin fundamento, este joven luchador presentó acción de tutela contra el Icetex. Luego de varias respuestas negativas, su solicitud llegó a la Corte Constitucional, la cual al analizar los hechos y pruebas en la sentencia T-286 de 2022 protegió los derechos fundamentales a la igualdad, dignidad humana y mínimo vital en conexidad con el derecho a la educación, lo anterior al considerar que “el Icetex omitió, no solo su obligación de proteger las garantías fundamentales del accionante, sino que, además, no consideró el hecho de que la educación se erige como derecho fundamental y, sobre todo, pasó por alto su deber de adoptar medidas tendientes a garantizar la adaptabilidad del derecho a la educación del joven, con lo que, consecuencialmente, dejó de valorar si la decisión que adoptó puso en riesgo su permanencia en el sistema educativo y otras garantías constitucionales, como es el caso de los derechos al mínimo vital y a la igualdad. Tales omisiones, valoradas en conjunto, suponen la violación de los derechos invocados.”
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Respecto de este caso, es importante aclarar que en Colombia se debe garantizar siempre el acceso a la educación de todos los ciudadanos, sin importar su situación, por lo cual entidades como el Icetex deben trabajar en favor de la garantía de los derechos fundamentales y no negar el apoyo a quienes logren demostrar esa vulnerabilidad económica, pues esas ganas de capacitarse y salir adelante deben ser apoyadas por un estado que quiere fortalecer la capacidad académica de su comunidad. Así mismo, es fundamental que periódicamente se haga una evaluación de los beneficiarios del subsidio económico del Icetex, pues si aquellos mejoran sus condiciones financieras no pueden estar desgastando injustificadamente los recursos del Estado, la ayuda económica debe estar enfocada en quien verdaderamente lo necesita. Es importante continuar la lucha contra la deserción escolar y apoyar a quienes con esfuerzo desean adelantar sus estudios universitarios. Lo anterior teniendo en cuenta que, según cifras del Ministerio de Educación, para el año 2022 se ejecutarán cuarenta y nueve billones de pesos en el sector educativo

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