LA DEPENDENCIA DE LOS CONCEJOS MUNICIPALES

Actualidad Política / Judicial

La independencia de las 3 ramas del Poder Público, se pregona a los 4 vientos, en los 4 puntos cardinales, de día y de noche, en todos los escenarios de la política-partidista de Colombia y desde luego, por  “dirigentes y caciques comarcanos”

La base de la Democracia, se yergue sobre El Poder Público (El Ejecutivo, El Legislativo y El Judicial – Art. 113 -), en lo nacional, departamental y municipal, para ser más exactos, porque lo establece La Constitución Política, (El poder público en Colombia se distribuye en la ramas ejecutiva, legislativa y judicial, concebidas desde el año 1945, y en entidades de organización electoral y organismos de control establecidos por la Constitución de 1991),  es columna vertebral en los planes de formación del Derecho y La Diplomacia, pero sobre todo se pregona, en TODA   oficina estatal constituida con base en el Estado de Derecho.

Pero la realidad, es totalmente diferente; la cotidianidad muestra cosa distinta; en la práctica se hace todo lo contrario a independencia. Existe un contubernio entre El Ejecutivo y el Legislativo, y se desconoce al Judicial.

Tomemos una muestra real cercana y fácil de constatar, comprobar, verificar y visualizar, en cualquier momento de la vida ciudadana: La Alcaldía y el Concejo en los municipios.

Estas 2 ramas del Poder Público la conforman ciudadanos escogidos mediante elección popular, es decir, son voceros directos del ciudadano o la base primaria de la sociedad, cuestión que no requiere explicación de expertos, analistas, investigadores, eruditos,  hombres o mujeres de ciencia y conciencia.

La realidad monda y lironda, el Legislativo es absolutamente dependiente del Ejecutivo, que a su vez es amo y señor, acomoda todo para desconocer al Judicial (caso concreto alcalde de municipio cundinamarqués)

¿Cuál es el Concejo Municipal que no depende de la Alcaldía en el Huila?

¿Cuál es Concejo municipal, cuyos miembros no están en su mayoría, sometidos al criterio del alcalde?

¿Existe una Corporación Edilicia que cubra los costos de su funcionamiento?

¿Cuál  es rama Legislativo municipal, que paga sus empleados y asesores de los concejales?

Acuerdo que toque recursos del municipio, debe ser presentado por el Alcalde o no es Acuerdo, o Sí?

El Plan de Desarrollo, que aprueba el Concejo, debe regirse en el 95% por lo planteado en el Programa de Gobierno del Alcalde.

Las dependencias del Concejo están generalmente en el mismo edificio de la Alcaldía, con contadas excepciones, pero la administración es de la Alcaldía.

El personal de servicios del Concejo, es pagado por la Alcaldía.

Ese contubernio, impide que el 95% de los Concejos Municipales, realicen control político, como lo estipula la norma

El trabajo del Concejal es pagado por el Ejecutivo.

Los Concejales son generalmente intermediarios para que el Ejecutivo entregue contratos (Recursos del erario) a sus amigos.

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